La Afip también pretende cobrar “retenciones retroactivas” en exportaciones de biodiesel
Las autoridades aduaneras reajustaron valores de exportación declados dos años atrás. La lista de las compañías afectadas por la medida.
Esta semana la filial argentina de la compañía procesadora y exportadora de commodities agrícolas Nidera anunció que pagaría a la Afip 18,6 millones de dólares en concepto de retenciones retroactivas (ante la amenaza de quedar afuera del registro de exportadores).
Todas las grandes empresas exportadoras de granos vienen aportando desde 2008 dinero por ese concepto a partir de lo determinado por las resoluciones 1487/08 y 1898/08 de la entonces existente Oncca.
Pero ahora la Afip también pretende cobrar “retenciones retroactivas” por exportaciones de biodiesel realizadas durante el año 2010. Así lo dispuso un aviso oficial de la Afip firmado por el director de la Dirección Regional Aduanera de Rosario Gustavo Araujo.
La medida aplica un reajuste de hasta el 22,9% de los precios de exportación (FOB) de biodiesel declarados en operaciones realizadas en 2010, lo que en la práctica implica que las compañías exportadoras del biocombustible deben abonar, de manera retroactiva, diferencias por retenciones a partir del nuevo valor determinado por la Afip.
Por ejemplo: el 21 de octubre de 2010 Molinos Río de la Plata –la compañía más perjudicada por la medida– declaró una venta de 750 toneladas de biodiesel con destino a España por un valor FOB de 815 u$s/tonelada. Pero ahora la Afip considera que ese valor debe ser reajustado a 1002 u$s/tonelada y, por lo tanto, la empresa debe pagar la diferencia correspondiente al derecho de exportación aplicado sobre el nuevo valor.
Las demás compañías afectadas por la medida son Aceitera General Deheza, Bunge, LDC Argentina (Dreyfus), Oleaginosa Moreno (Toepfer), UnitecBio y Vicentín.
El biodiesel –elaborado en la Argentina a partir de aceite crudo de soja– tiene un derecho de exportación efectivo del 14%, mientras que el aceite de soja tiene una retención del 32%.