Buenos Aires: porqué el revalúo inmobiliario de Scioli perjudicará a los productores más débiles
El mayor impacto fiscal lo sufrirán explotaciones unipersonales y sociedades de hecho.
Daniel Scioli no fue al acto por el centenario del “Grito de Alcorta”. No es casual: el revalúo fiscal de campos instrumentado este año por el gobernador bonaerense está diseñado para “exprimir” a los productores más pequeños en desmedro de los más grandes.
Veamos un caso real presentado por un trabajo realizado por el estudio Barrero & Larroudé. Se trata de un campo de 207 hectáreas localizado en Tronge, Trenque Lauquen, que venía pagando unos $ 10.500 anuales por Inmobiliario Rural, y que ahora deberá desembolsar $ 25.800. Es decir: un 145% más.
Pero la cuestión es que el revalúo –instrumentado por el decreto 442/12– también incrementa la carga impositiva de tributos aplicados por el Estado nacional.
Supongamos que ese campo de 207 hectáreas pertenece a un propietario que lo alquila. En ese caso, el dueño del campo comenzará a pagar Impuesto sobre la Ganancia Mínima Presunta –que antes no pagaba– por $ 28.340. Si a eso le sumamos el incremento en el Impuesto Inmobiliario (más de $ 15.000), entonces el impacto del “impuestazo” de Scioli asciende a $ 43.669 (o sea 4,1 veces más que antes).
¿Qué sucede si es una explotación unipersonal la que produce esas 207 hectáreas? En tal caso el propietario-productor, mientras que antes no pagaba Bienes Personales, ahora deberá empezar a pagar $ 39.677 por ese concepto. Eso, sumado al Inmobiliario Rural, implica un aumento de pago de impuestos de $ 55.005 adicional por año fiscal (o sea 5,2 veces más que antes).
Si es una sociedad de hecho agropecuaria la que explota las 207 hectáreas, los integrantes de la misma tributarán Bienes Personales según el porcentaje de participación que posean en la firma. Pero en conjunto pagarán $ 39.677, cuando antes del decreto no pagaban este impuesto, y el impacto total, con el Inmobiliario Rural, será también de $55.005.
Diferente es el caso de las sociedades regularmente constituidas (como una Sociedad Anónima o una Sociedad de Responsabilidad Limitada). Porque en estos casos la normativa determina que en Bienes Personales se valúa el campo al costo del último balance cerrado. La cuestión es que en los casos de inmuebles rurales adquiridos por una sociedad regular varios años atrás el impuesto no tiene mayor incidencia porque dicho costo suele ser ínfimo con relación al valor fiscal actualizado por el último revalúo.
Por ende –según indica el trabajo– en el actual escenario las sociedades regularmente constituidas tienen una ventaja sobre las figuras de la explotación unipersonal y la sociedad de hecho, las cuales suelen ser empleadas, justamente, por los productores más pequeños e indefensos.