Comenzó a regir de facto una “retención privada†para el cobro de regalÃas: productores argentinos no podrán vender soja 2015/16 sin aceptar la cláusula Monsanto
Consecuencias de un Estado ausente.
En el presente ciclo 2015/16 Argentina comenzó a implementar un sistema de cobro variable de regalÃas –una suerte de “retención privadaâ€â€“ para eventos biotecnológicos contenidos en cultivares de soja.
Tal metodologÃa fue implementada de facto por una compañÃa privada (Monsanto) ante la completa ausencia de medidas regulatorias instauradas por la gestión kirchnerista. Y referentes agropecuarios del Frente Cambiemos –que tiene altas probabilidades de asumir el gobierno nacional en diciembre próximo– indican que el tema no forma parte de la agenda de trabajo al tratarse de “un acuerdo entre privadosâ€.
Los lobbistas de la filial argentina de Monsanto implementaron una serie de maniobras a través de las cuales hicieron imposible que los productores puedan vender soja 2015/16 si no aceptan incorporar la “cláusula Monsanto†en los contratos de compraventa y canjes de soja (la cual habilita el cobro automático de regalÃas en caso de detectar eventos biotecnológicos patentados no declarados por el productor).
La última lÃnea de resistencia contra la metodologÃa implementada por Monsanto la integran los representantes de la Federación de Centros de Acopiadores de Cereales y de Agricultores Federados Argentinos (cooperativa que origina más de 3,0 millones de toneladas de soja anuales). Ambos se negaron a aceptar la incorporación de la “cláusula Monsanto†en los contratos de soja 2015/16. Tal negativa tiene, por el momento, poca trascendencia porque existe poco interés en vender soja nueva (que se cosechará a partir de abril/mayo de 2016) a través de forwards. Pero, cuando esa necesidad se haga presente, los conflictos se harán plenamente visibles.
Tres semanas atrás autoridades de la Bolsa de Cereales de Buenos convocaron a los diferentes integrantes de la cadena agrÃcola para tratar el tema. Algunos –preocupados por los problemas que viene en camino– propusieron un modelo alternativo a través del cual evitar el cobro automático de regalÃas. El iniciativa contemplaba concentrar la gestión del sistema en la Bolsa de Cereales de Buenos Aires, la cual, en caso de detectar presencia del evento Intacta RR2 Pro en una partida de soja, emitirÃa un certificado para enviarlo a Monsanto, de manera que esa empresa pudiese reclamar asà el cobro de la regalÃa al productor y éste pudiese emprender una defensa en caso de considerar inadecuado el reclamo.
Pero la propuesta –que ni siquiera llegó a redactarse– no prosperó porque los representantes de la SRA Daniel Pelegrina y de CRA Roberto Campi se opusieron a la misma al considerar que vulnera los derechos contemplados en la normativa vigente (Ley de Semillas Nº 20.247).
Abogados especializados en agro están recomendando a sus clientes estar al dÃa con la Declaración Jurada sobre el origen de la semilla exigida por el Inase (según lo dispuesto por la resolución 187/15) e incluir en el sector “observaciones†de la carta de porte una aclaración que expresa que el contenido de la carga de soja incluyo sólo cultivares con el evento RR1. Eso para cubrirse frente a posible reclamos indebidos.
Pero la cuestión central es que, el nuevo sistema, en caso de instaurarse de manera definitiva, obligará a pagar una “retención privada†por las semillas de soja adquiridas de aquà en adelante a medida que todos los nuevos cultivares lanzados al mercado contengan el evento Intacta RR2 Pro (o en un futuro cercano los de tolerancia a 2,4-D o tolerancia a sequÃa).
Por supuesto: aquellos productores que sigan usando sojas RR1 de propia multiplicación no tienen que preocuparse al respecto en lo inmediato, pero el tema sà será de su incumbencia cuando se vean en la necesidad de renovar la genética empleada en soja.
En la actual coyuntura, la única manera de resolver el conflicto es consensuar entre todos los sectores integrantes de la cadena de valor agrÃcola un proyecto de Ley de Semillas y Eventos Biotecnológicos que contemple los derechos de todas las partes.