Reglamentaron el procedimiento oficial para aprobar sistemas de análisis de semillas: la evaluación podrá requerir hasta cuatro meses
Se publicó hoy en el BoletÃn Oficial.
Las autoridades del Ministerio de Agroindustria establecieron el procedimiento a partir del cual deberá ser sometido, para su aprobación, todo sistema de detección de secuencias de ADN y proteÃnas especÃficas en granos.
Para eso –según indica la resolución 147/16 publicada hoy en el BoletÃn Oficial– se creará un “Comité Evaluador de Sistemas de Muestreo, Testeo y Análisis†que estará integrado por representantes de la Dirección Nacional de BiotecnologÃa, SubsecretarÃa de Mercados Agropecuarios, INTA, Inase, Senasa e INTI, entre otros.
El “Comité Evaluador†tendrá un plazo de máximo de 60 dÃas –contados a partir de su convocatoria– para emitir un dictamen técnico sobre la validez del método, “pudiendo, en caso que la complejidad técnica asà lo requiera, prorrogar por igual término y por única vez el plazoâ€.
La resolución 147 indica que la eventual aprobación de un método podrá denegarse si “el solicitante no provee la información o no introduce las modificaciones requeridas por el Comité Evaluador o la Autoridad de Aplicación en un plazo de 15 dÃas corridos de haber sido fehacientemente notificado; los diferentes ensayos, investigaciones realizadas o pruebas suministradas no permitieran garantizar la confiabilidad de los resultados arrojados; las capacidades técnicas del método no resultan confiables o apropiadas a los fines que se pretende darle en el comercio de granosâ€.
La nueva norma reglamenta a la resolución 140/16, por medio de la cual las autoridades de Agroindustria lograron recuperar el monopolio de la fiscalización de semillas por medio de la liquidación del sistema de control en destino implementado de facto por la filial local de Monsanto.