A partir de noviembre los tamberos podrán comparar los datos de su liquidación con los de la “leche de referencia”
Se trata de un promedio ponderado nacional que comenzará a elaborar la Subsecretaría de Lechería.
A partir del presente mes de noviembre los tamberos podrán comparar su liquidación respecto a la que hubiesen obtenido en caso de alcanzar un promedio ponderado nacional denominado “leche de referencia”.
Así lo dispuso la resolución 229/16 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca –publicada hoy miércoles en el Boletín Oficial– por medio de la cual se creó el “Sistema Integrado de Gestión de la Lechería Argentina” (Siglea).
Las industrias lácteas –que procesen leche tanto de terceros como propia– deberán comenzar a informar a la Subsecretaría de Lechería el volumen diario de leche recibida; las bonificaciones y penalizaciones por calidad composicional e higiénico-sanitarias y comerciales (en estas últimas deben diferenciarse las correspondientes a distancia y volumen de entrega); precios por kilogramo de grasa y proteínas; y fechas y modalidad estimadas de pago. En caso de establecer precios según distintas regiones geográficas, también deberá informarse dicha diferenciación.
La norma establece que la “leche de referencia” será la que cumpla los siguientes parámetros: contenido de materia grasa de 3,5 gramos/100 centímetros cúbicos; contenido de proteínas de 3,3 gramos/100 centímetros cúbicos; recuento de células somáticas menor o igual a 400.000 células/centímetros cúbicos; recuento de bacterias totales menor o igual a 100.000 unidades formadoras de colonias/centímetros cúbicos; índice crioscópico menor a – 0,512 º C; temperatura en tambo menor o igual a 4 º C; y oficialmente libre de brucelosis y tuberculosis. Tales parámetros deberán aplicarse a nivel nacional como referencia para aplicar bonificaciones o penalizaciones de precios.
La norma indica que las grandes industrias deberán enviar cuatro muestras mensuales de leche a laboratorios habilitados por INTI Lácteos, mientras que las pequeñas y medianas industrias –que procesen hasta 60.000 litros mensual de leche– tendrán que enviar al menos una muestra por mes.
“Los análisis necesarios para confeccionar la Liquidación Única, Mensual, Obligatoria, Universal y Electrónica se realizarán en laboratorios habilitados y sobre muestras representativas de la leche remitida por los productores a los operadores comerciales”, indica la resolución 229/16.
“Los laboratorios intervinientes facilitarán el envío de las muestras en coordinación con el operador comercial, con el objeto de asegurar su aptitud para su análisis fisicoquímico y/o microbiológico”, añade.