Se aprobó un cupo de 120 millones de pesos para que las Pymes puedan financiar hasta el 85% del costo total de capacitaciones
La medida se publicó hoy en el BoletÃn Oficial.
La SecretarÃa de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa aprobó un cupo de 120 millones de pesos para financiar en el presente año programas de capacitación destinados a Pymes.
El programa –administrado por la SubsecretarÃa de PolÃtica y Gestión de la Pequeña y Mediana Empresa– permite que la inversión en capacitación pueda deducirse de impuestos nacionales por medio de un crédito fiscal (bono electrónico) aplicable a la cancelación de Ganancias, Ganancia MÃnima Presunta, IVA e Impuestos Internos.
Los micro y pequeñas empresas podrán obtener un reintegro de hasta un millón de pesos equivalente a un máximo del 75% y 60% del costo total de la capacitación respectivamente, mientras que las medianas “tramo 1†podrán hacerlo por hasta 750.000 pesos equivalentes al 50% y las “tramo 2†por hasta 250.000 pesos equivalentes al 30%.
Aquellas empresas domicilio productivo radicado en Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Santiago del Estero, La Pampa, Neuquén, RÃo Negro, Chubut y Santa Cruz, podrán obtener un reintegro adicional del 10% (lo que implica que el máximo por obtener este año será del 85%).
Los gastos de capacitación elegibles son honorarios de profesionales, matrÃculas y aranceles de cursos orientados a mejoras de productividad y de gestión organizacional y/o administrativa, proyectos de innovación y desarrollo (nuevos procesos, diseño de productos y desarrollo de software, etcétera), ampliación de mercados a nivel nacional e internacional, formulación de proyectos de financiamiento, certificación de normas y armado de planes de negocio y viabilidad técnica de propuestas.
La convocatoria –según se publicó hoy en el BoletÃn Oficial– permanecerá abierta hasta el 31 de octubre de 2017 o bien hasta agotar el cupo anual asignado al programa. No estarán habilitadas a presentar proyectos las empresas que registren deudas fiscales nacionales y/o previsionales exigibles por la Afip.
La normativa vigente indica que, en el rubro agropecuario, las micro empresas son aquellas que tienen una facturación de hasta 2,0 millones de pesos por año, mientras que las pequeñas y medianas tramo I y tramo II tienen un tope de 13, 100 y 160 millones de pesos respectivamente. Para calcular el monto de facturación total se considera el resultante de los tres últimos ejercicios comerciales o fiscales, para lo cual debe excluirse de dicho cálculo el IVA, impuestos internos y hasta el 50% del monto de exportaciones.