Extendieron el plazo para que las Pymes puedan presentar proyectos de capacitación deducibles de impuestos
Ahora vence a fines de noviembre.
Las autoridades de la SecretarÃa de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa extendieron hasta el próximo 30 de noviembre el plazo para que Pymes presenten proyectos de capacitación deducibles de impuestos.
El programa –cuyo cupo 2017 está vigente desde junio pasado e inicialmente vencÃa mañana martes 31 de octubre– permite que la inversión en capacitación pueda deducirse de impuestos nacionales por medio de un crédito fiscal (bono electrónico) aplicable a la cancelación de Ganancias, Ganancia MÃnima Presunta, IVA e Impuestos Internos.
Los micro y pequeñas empresas pueden obtener un reintegro de hasta un millón de pesos equivalente a un máximo del 75% y 60% del costo total de la capacitación respectivamente, mientras que las medianas “tramo 1†pueden hacerlo por hasta 750.000 pesos equivalentes al 50% y las “tramo 2†por hasta 250.000 pesos equivalentes al 30%.
Aquellas empresas domicilio productivo radicado en Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Santiago del Estero, La Pampa, Neuquén, RÃo Negro, Chubut y Santa Cruz, podrán obtener un reintegro adicional del 10% (lo que implica que el máximo por obtener es del 85%).
Los gastos de capacitación elegibles son honorarios de profesionales, matrÃculas y aranceles de cursos orientados a mejoras de productividad y de gestión organizacional y/o administrativa, proyectos de innovación y desarrollo (nuevos procesos, diseño de productos y desarrollo de software, etcétera), ampliación de mercados a nivel nacional e internacional, formulación de proyectos de financiamiento, certificación de normas y armado de planes de negocio y viabilidad técnica de propuestas.
La normativa vigente indica que, en el rubro agropecuario, las micro empresas son aquellas que tienen una facturación de hasta 3,0 millones de pesos por año, mientras que las pequeñas y medianas tramo I y tramo II tienen un tope de 19, 145 y 230 millones de pesos respectivamente. Para calcular el monto de facturación total se considera el resultante de los tres últimos ejercicios comerciales o fiscales, para lo cual debe excluirse de dicho cálculo el IVA, impuestos internos y hasta el 50% del monto de exportaciones.