Se aprobó un cupo de 147 millones de pesos para que las Pymes puedan financiar hasta el 100% del costo total de capacitaciones
La medida se publicó hoy en el BoletÃn Oficial.
La SecretarÃa de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa aprobó un cupo de 147,9 millones de pesos para financiar en el presente año programas de capacitación destinados a Pymes.
El programa –administrado por la SubsecretarÃa de PolÃtica y Gestión de la Pequeña y Mediana Empresa– permite que la inversión en capacitación pueda deducirse de impuestos nacionales por medio de un crédito fiscal (bono electrónico) aplicable a la cancelación de Ganancias, Ganancia MÃnima Presunta, IVA e Impuestos Internos.
Los micro empresas podrán obtener un reintegro de hasta cinco millones de pesos equivalente (que no podrá superar el 30% de su masa salarial bruta correspondiente a los doce meses anteriores tomados desde la fecha de presentación del proyecto) que cubra hasta el 100% del costo total de la capacitación, mientras que las pequeñas tendrán el mismo beneficio pero aplicado hasta cubrir un máximo del 90% del costo de la capacitación.
En tanto, las empresas que se encuentren en la categorÃa mediana “tramo 1†podrán hacerlo por hasta 2,0 millones de pesos equivalentes al 70% del costo total de la capacitación, mientras que las “tramo 2†por hasta un millón de pesos equivalentes al 50% de dicho costo.
Los gastos de capacitación elegibles son honorarios de capacitadores, aranceles de matriculación y gastos de certificación por hasta un máximo de 5000 pesos. Se reconocerán actividades de capacitación efectuadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018 inclusive. No se reconocerán gastos de tributos nacionales, provinciales y/o municipales, viáticos y cualquier otro gasto no relacionado con el objeto del proyecto.
La capacitación “debe ajustarse a los costos razonables y adecuados para la temática a desarrollarâ€, mientras que las actividades seleccionadas por las empresas deben corresponder “a temáticas de gestión empresarial que impacten directamente en la competitividad y productividad de las beneficiariasâ€.
La convocatoria –según se publicó hoy en el BoletÃn Oficial– permanecerá abierta hasta el 31 de octubre de 2018 o bien hasta agotar el cupo anual asignado al programa. No estarán habilitadas a presentar proyectos las empresas que registren deudas fiscales nacionales y/o previsionales exigibles por la Afip.
La normativa vigente indica que, en el rubro agropecuario, las micro empresas son aquellas que tienen una facturación de hasta 3.8 millones de pesos por año, mientras que las pequeñas y medianas tramo I y tramo II tienen un tope de 23.9, 182.4 y 289.3 millones de pesos respectivamente. Para calcular el monto de facturación total se considera el monto de las ventas que surja del promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo del cálculo el monto del IVA y los impuestos internos que pudieran corresponder, además de deducir hasta el 75% del monto de las exportaciones.