El gobierno nacional declaró la emergencia agropecuaria en las cuatro provincias afectadas por inundaciones
Ya está vigente la medida.
Las autoridades del gobierno nacional declararon el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en las zonas afectadas por inundaciones.
En la provincia de Santa Fe la medida se tomó desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019 para las explotaciones ganaderas y desde el 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2019 para las restantes explotaciones agropecuarias afectadas por exceso de precipitaciones y anegamientos temporarios que se encuentran ubicadas en los departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado y en los distritos Romang y Colonia Durán pertenecientes al departamento San Javier.
En Chaco la medida rige a partir del 15 de enero de 2019 en todo el territorio provincial por un plazo de 365 dÃas para las explotaciones ganaderas y por un plazo de 180 dÃas para las restantes explotaciones agropecuarias que hayan sido afectadas por excesos hÃdricos.
En la provincia de Santiago del Estero la resolución se determinó por un plazo de doce meses a partir del 1 de enero de 2019 para las explotaciones agropecuarias afectadas por inundaciones que se encuentran ubicadas en los departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano.
Por último, en Corrientes la medida rige en todo el territorio provincial desde el 1 de enero de 2019 por un plazo de doce meses para las explotaciones ganaderas y por un plazo de seis meses para las restantes explotaciones agropecuarias localizadas en zonas bajas, de lagunas, bañados y esteros y en los valles de inundación de los rÃos interiores, riachos, arroyos y del RÃo Uruguay, que hayan sido afectadas por las intensas y frecuentes precipitaciones ocurridas durante el mes de enero de 2019.
Para poder acceder a los beneficios contemplados en la Ley de Emergencia Agropecuaria (Nº 26.509) los productores afectados deberán presentar un certificado extendido por autoridades provinciales en el que conste que sus predios se encuentran en situación de emergencia (al menos un 50% de la capacidad de producción afectada) o desastre (al menos un 80% de afectación).
Entre los beneficios previstos en la Ley de Emergencia Agropecuaria se incluyen la suspensión de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas vencidas con anterioridad a la emergencia, prórrogas para el pago de impuestos y la posibilidad de deducir del Impuesto a las Ganancias el 100% de la utilidad generada por ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.