Se oficializó el decreto que reduce cargas patronales a empresas agroindustriales de economÃas regionales: la medida rige a partir de marzo
El listado completo de actividades comprendidas en el beneficio.
Hoy viernes se oficializó el decreto por medio del cual –tal como anunció el presidente Mauricio Macri ayer– las empresas agroindustriales de economÃas regionales dejarán de abonar cargas patronales por aquellos empleados con salarios brutos de hasta 17.509 pesos mensuales, mientras que para remuneraciones superiores se abonará solamente el impuesto correspondiente a la diferencia entre el salario y ese tope.
El beneficio –según lo indica el decreto 128/19– comenzará a regir para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del dÃa 1 de marzo de 2019 y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive.
Entre las actividades comprendidas en la medida se encuentran la producción de arroz, leche, legumbres, todas las oleaginosas menos soja y girasol, papa, algodón, hortalizas, frutas, tabaco, vid, caña de azúcar, té, yerba mate, huevos, aceite de oliva, mosto, vino, sidra y madera, entre otros (el listado completo puede verse aquÃ).
La medida comenzará a regir de manera efectiva cuando las autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) publiquen las normas operativas necesarias para instrumentar lo dispuesto en el decreto.
“InvÃtase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a promover una reducción de los impuestos, tasas y contribuciones sobre las actividades comprendidas en la presente medida aplicables en sus jurisdiccionesâ€, solicita el decreto 128/19.
En los fundamentos de la medida se indica que “ciertas actividades comprendidas en el sector primario agrÃcola y algunas actividades incluidas en el sector industrial se encuentran atravesando una situación económica financiera crÃtica, que obstaculiza el debido cumplimiento de las obligaciones impositivas y de la seguridad socialâ€.