Exportadores de productos agroindustriales deberán ingresar divisas en un plazo de hasta 15 dÃas de obtenido el permiso de embarque
Asà lo aseguró el presidente del BCRA.
El presidente del Banco Central (BCRA) Guido Sandleris indicó, en referencia a la comunicación “A†6770 publicada ayer –que no resultaba del todo clara– que los exportadores de productos agroindustriales deberán ingresar divisas provenientes de operaciones de comercio exterior en un plazo de hasta 15 corridos contado desde la obtención del permiso de embarque.
“Los exportadores deberán liquidar las divisas frutos de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco dÃas hábiles después del cobro o 180 dÃas corridos después del permiso de embarque, lo que ocurra primero. En el caso de los exportadores de commodities, son 15 dÃas corridos desde el permiso de embarque.â€, aseguró Sandleris en una conferencia de prensa ofrecida en la sede porteña del BCRA.
Los productos comprendidos en tal exigencia son cereales, oleaginosos, harina y aceite de soja y harina de girasol. También comprende minerales, oro, plata, piedras preciosas, petróleo y derivados, gas natural, vehÃculos y obras de arte.
Se trata de una medida similar a la implementada en mayo de 2012 por medio de resolución 142/12 del entonces Ministerio de EconomÃa, por medio de la cual se obligó a los exportadores de granos y subproductos a ingresar divisas al sistema financiero local en un plazo de 15 dÃas corridos contado a partir de la salida del embarque de la mercaderÃa.