Todo lo que es necesario saber sobre el nuevo esquema provisorio de retenciones
El decreto oficial resulta confuso.
El nuevo esquema de derechos de exportación implementado por el decreto 37/19 –publicado hoy en el Boletín Oficial– generó importantes confusiones en el ámbito agroindustrial por estar pésimamente redactado. A continuación van algunas aclaraciones al respeto.
¿Cuál es la noticia?
El dato clave es que el equipo económico de Alberto Fernández decidió duplicar el derecho de exportación vigente sobre las ventas externas de carnes y de muchos productos de las economías regionales. En el caso de la carne bovina, se trata de una medida poco oportuna por el planchazo de precios externos que acaba de implementar un intervención directa del gobierno central chino. Para el resto de los productos es, por supuesto, una mala noticia, que tendrá impacto diferencial por región (NEA en el caso del arroz, NOA y norte de Córdoba en legumbres, cuenca lechera santafesina en leche en polvo, Patagonia en lana y carne ovina, etcétera).
¿Y qué pasa con los cereales?
El trigo y el maíz pasaron de estar gravados con una retención móvil teórica del 6,3% a una fija del 12%. Pero en los últimos días el mercado de futuros local ya se había adelantado a esa situación para comenzar a reflejar precios con las nuevas retenciones.
¿Y con la soja?
Una situación similar a la de los cereales. En teoría la oleaginosa estaba gravada con una retención fija del 18% + una móvil de 4,0 pesos por dólar FOB (que en total suman 24,3%). Ahora pasa a tener una alícuota fija del 30%, que es el nivel aproximado que ya venía teniendo en los precios futuros de la soja 2019/20.
¿Cómo estaba la situación un año atrás con el gobierno de Mauricio Macri?
Los cereales –trigo, maíz y arroz–, miel, hortalizas (papa, cebolla, etcétera), legumbres (arveja, garbanzo, porotos), aceitunas y frutas (cítricos, uvas, manzanas, peras, ectérera) estaban gravados con un derecho móvil por entonces equivalente al 10,7%, mientras que las carnes y el resto de los productos de la economías regionales debían pagar retenciones por un 8,0%. En cuanto a los productos del complejo sojero, tenían un alícuota compuesta del 28,7%.
¿Estos niveles de retenciones son los que van a quedar?
Es poco probable. La Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 establece que el Poder Ejecutivo tiene potestad para aumentar derechos de exportación hasta un máximo del 30% para productos del complejo sojero y hasta un 12% para el resto de los bienes exportables. El gobierno no puede ir más allá de ese límite hasta que se apruebe una nueva Ley de Presupuesto correspondiente al ejercicio 2020 de la Administración Pública Nacional. Ese proyecto será enviado próximamente al Congreso nacional y, cuando ingrese al mismo, se conocerá el nuevo esquema de derechos de exportación diseñado por el equipo económico de Fernández. Se prevé que el gobierno cuenta con mayoría para realizar una rápida aprobación del proyecto en ambas cámaras del Poder Legislativo.
