VicentÃn sigue apostando por lograr un APE para mantener el control de sus negocios: nueva propuesta ampliada
Texto completo.
El directorio de la compañÃa agroindustrial argentina VicentÃn SAIC informó a los productores, acopios y corredores –con los que mantiene desde diciembre pasado pagos incumplidos– que amplió los términos de la propuesta de Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE) remitida el pasado 24 de enero.
La base de la nueva propuesta es similar a la primera –abonar un 20% de lo adeudado este año y el 80% restante a fines de 2027–, aunque ofrece mayores precisiones sobre el procedimiento de compra de granos realizadas por productores que sean acreedores de la compañÃa
La nueva propuesta indica que se realiza “sobre la base de una molienda propia equivalente a 16.000 toneladas/dÃa de capacidad instalada, tanto para soja como para girasol, y se compromete cuando está en mercado (sic) a priorizar las compras en iguales condiciones comerciales a sus acreedores por operaciones granarias, frente a la de cualquier proveedor no acreedorâ€.
También establece que, en caso de prestar servicios de industrialización a fasón a otras compañÃas aceiteras, “entregará, a cuenta del saldo del crédito del universo de acreedores por operaciones granarias, un pago parcial anual equivalente a 2,0 dólares por tonelada de fasón de soja y/o girasol contratadoâ€.
De todas maneras, la nueva propuesta –al igual que la original– tampoco ofrece garantÃas que permitan asegurar el resguardo de activos indispensable para poder afrontar el compromiso asumido hasta el 2027 (algo exigido de manera reiterada por los principales acreedores de VicentÃn desde el primer momento).
De hecho, el texto ampliado del APE menciona incluso que los propietarios de VicentÃn podrán seguir disponiendo de “la libre administración y disposición de sus negocios y bienesâ€, además de “todos los actos necesarios y/o convenientes para lograr un acuerdo con eventuales inversores y/o compradores u operadores de sus activos industrialesâ€.
La meta del directorio de VicentÃn es lograr un APE mientras se instrumenta el concurso preventivo presentado recientemente, el cual será gestionado –tal como se determinó finalmente esta semana– por la Segunda Denominación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial Nº 4 de Reconquista, el cual se encuentra a cargo de Fabián Silvano Lorenzini.
La normativa vigente determina que el APE, para que pueda ser homologado judicialmente, requiere la aprobación de los acreedores que tengan al menos un 66% del pasivo quirografario total (pasivo que no tiene garantÃa real). Una vez homologado, el APE produce efectos similares a los de un concurso preventivo respecto de todos los acreedores quirografarios de créditos anteriores a la presentación, inclusive en el caso de aquellos que no hayan aceptado la propuesta del APE. Pero si no se logra alcanzar la conformidad de los acreedores que representan un mÃnimo de 2/3 del pasivo quirografario total, entonces se instrumenta el concurso preventivo, el cual, si bien es más extenso, garantiza que VicentÃn no pueda disponer de sus bienes hasta la finalización del proceso concursal.
A continuación se reproduce de manera textual la propuesta remitida hoy por VicentÃn:
CONFORMIDAD PROPUESTA APE
ACREEDORES QUIROGRAFARIOS
CategorÃa Acreedores por Operaciones Granarias hasta el 31 de Enero de 2020
A. Composición de la CategorÃa
Las acreencias que surgen del listado de créditos presentado por VICENTIN S.A.I.C. en cumplimiento del art. 72 inc. 2 de la ley 24.522, originadas en la compraventa de granos, comisiones, depósito de granos con pérdida de identidad o cualquier otra operación relacionada con o vinculada a operaciones granarias hasta el 31 de Enero de 2020 inclusive, integrarán la presente CategorÃa de Acreedores (cada uno de ellos individualizado con su respectivo CUIT).
Los créditos de causa o tÃtulo en comprobantes de venta de granos, comisiones, depósito de granos con pérdida de identidad o cualquier otra operación relacionada con o vinculada a operaciones granarias desde el 1 de Febrero de 2020 inclusive, en adelante, serán abonados a su vencimiento, según su tÃtulo y aun cuando el APE no hubiera sido homologado;
B. Contenido de la Propuesta.
Los créditos comprendidos en la CategorÃa de Acreedores por Operaciones Granarias hasta el 31 de Enero de 2020 inclusive, serán pagados de la siguiente forma:
(i) Monto de los Créditos: los mismos surgen de los montos netos por mercaderÃas o comisiones mas el IVA correspondiente.
(ii) Fecha de expresión de los Créditos: Los créditos comprendidos en esta categorÃa de Acreedores por Operaciones Granarias hasta el 31 de Enero de 2020, inclusive.
-Por mercaderÃa que no tuviera precio, serán convertidos a dólares estadounidenses al valor del 4 de diciembre de 2019 de los granos según pizarra para soja, girasol, maÃz y trigo; y utilizando el tipo de cambio BNA divisa comprador de dicho dÃa.
Aquellos créditos en pesos se convertirán en dólares estadounidenses al tipo de cambio BNA divisa comprador del dÃa 4 de diciembre de 2019.
-Aquellos créditos que estuvieran en dólares, conservarán su valor.
Ello a fin de homogeneizar el pasivo comprendido en la presente categorÃa.
(iii) Pago Inicial: 20% del crédito con un mÃnimo de USD 30.000 o el monto del crédito si éste fuera menor.
(iv) Pago del Saldo del Crédito: El Saldo del Crédito, si lo hubiere, será abonado Ãntegramente al final del octavo año, a contar desde la Fecha de Cierre.
(iv).1.- Los acreedores comprendidos en esta categorÃa que entreguen a VICENTIN girasol, maÃz, trigo o soja de acuerdo a las necesidades y requerimientos de VICENTIN y según precios de pizarra para girasol, maÃz y trigo o según precio fábrica generalizado para la soja, recibirán a cuenta del Saldo del Crédito, un Pago Parcial Trimestral, a contar desde la Fecha de Cierre, según el siguiente esquema:
â— 7 USD/MT por tonelada de soja entregada en los meses de abril, mayo, junio;
◠10 USD/MT por tonelada de soja entregada desde julio en adelante, hasta marzo del año siguiente;
â— 10 USD/MT por tonelada de girasol;
â— 4 USD/MT por tonelada de maÃz y de trigo.
Este Pago Parcial Trimestral por la intervención en operaciones de venta de granos, no podrá exceder, anualmente, la suma equivalente al 16,67% del Saldo del Crédito.
(iv).2.- Los acreedores corredores, comprendidos en esta categorÃa, que intervengan en operaciones de venta a VICENTIN de girasol, maÃz, trigo o soja de acuerdo a las necesidades y requerimientos de VICENTIN y según precios de pizarra para girasol, maÃz y trigo o según precio fábrica generalizado para la soja, recibirán a cuenta del Saldo del Crédito, un Pago Parcial Trimestral, a contar desde la Fecha de Cierre, según el siguiente esquema:
â— 0,07 USD/MT por tonelada de soja entregada por sus comitentes en los meses de abril, mayo, junio;
◠0,10 USD/MT por tonelada de soja entregada por sus comitentes desde julio en adelante, hasta marzo del año siguiente;
â— 0,10 USD/MT por tonelada de girasol entregado por sus comitentes;
â— 0,04 USD/MT por tonelada de maÃz y de trigo entregado por sus comitentes.
Este Pago Parcial Trimestral por la intervención en operaciones de venta de granos, no podrá exceder, anualmente, la suma equivalente al 16,67% del Saldo del Crédito.
(iv).3 VICENTIN realiza su propuesta sobre la base de una molienda propia equivalente a 16.000 toneladas/dÃa de capacidad instalada, tanto para soja cómo para girasol y se compromete cuando está en mercado, a priorizar las compras en iguales condiciones comerciales a sus Acreedores por Operaciones Granarias, frente a la de cualquier proveedor no acreedor.
(iv).4 Cuando VICENTIN venda servicios de industrialización de grano de soja o girasol, entregará a cuenta del Saldo del Crédito del universo de Acreedores por Operaciones Granarias, un Pago Parcial Anual equivalente a U$S 2 por tonelada de fason de soja y/o girasol contratado. El monto se distribuirá de manera proporcional al saldo remanente del cupo anual máximo (16,67%), que no hubiera sido satisfecho con entrega de cereales y/o comisiones, respetándose en todo caso el mencionado lÃmite.
v) Moneda de Pago: Las pagos previstos en esta Propuesta, se realizarán en Pesos al tipo de cambio BNA divisa comprador o el que se utilice para operaciones granarias en el futuro;
(vi) A los fines de verificar el cumplimiento del APE los acreedores por mayorÃa absoluta de capital designarán un veedor con las facultades necesarias a ese fin, dentro del plazo de los diez dÃas de su homologación.
(vii) Domicilio de pago: El domicilio de pago será el domicilio social inscripto de VICENTIN, sito en calle 14 N° 495 de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe; y
(viii) “Fecha de Cierreâ€: Será a los 30 dÃas de quedar firme la resolución judicial que homologue el Acuerdo Preventivo Extrajudicial.
(ix) Se conviene expresamente que la presente propuesta solo será vinculante para las partes en caso de obtenerse la homologación del Acuerdo Preventivo Extrajudicial (art. 71 LCQ).
(x) El Acuerdo Preventivo Extrajudicial deberá ser presentado para su homologación, antes del 30 de Abril de 2020.
C. Otras consideraciones.
La conformidad del acreedor con la Propuesta, implicará y significará a todos sus efectos que el acreedor presta conformidad con la máxima amplitud permitida por la ley, para que VICENTIN:
(i) Realice todos los actos necesarios y/o convenientes para lograr un acuerdo con eventuales inversores y/o compradores u operadores de sus activos industriales, en cualquiera de sus formas y negocios jurÃdicos, que permitan la continuidad de la actividad, el giro de sus negocios reestructurados y el cumplimiento de la propuesta.
(ii) VICENTIN conservará en todo momento, incluyendo durante todo el trámite del APE y de su cumplimiento, la libre administración y disposición de sus negocios y bienes, importando esta conformidad formal y suficiente consenso para el levantamiento de cualquier medida cautelar trabada sobre el patrimonio de VICENTIN.
iii) La conformidad prestada importará el desistimiento de toda medida cautelar con costas por su orden tanto en la cuestión cautelar como en la cuestión principal o de fondo.