El Senasa oficializó la posibilidad de trasladar hacienda inmunizada no vacunada hasta que finalice la emergencia por la pandemia
Fue publicada en el BoletÃn Oficial.
Las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializaron –tal como habÃan comunicado informalmente la semana pasada– el traslado de hacienda inmunizada no vacunada durante el perÃodo de emergencia sanitaria por el Covid-19.
La resolución 288/20, publicada hoy miércoles en el BoletÃn Oficial, exceptuó el cumplimiento de la vacunación contra la fiebre aftosa correspondiente a la campaña en curso para “los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunaciónâ€.
“Dicha excepción procederá solo cuando estos animales se destinen a establecimientos que, al momento de la recepción, tampoco hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la primera campaña de vacunación contra la fiebre aftosa del corriente añoâ€, especifica la norma.
La presente excepción se aplicará hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, “pudiendo esta fecha extenderse en función de los alcances de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional frente a la pandemia de Covid-19â€, añade.
La excepción establecida por el Senasa no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primo-vacunación contra la fiebre aftosa.