Transportistas de hacienda pueden lavar vehÃculos sin obligación de recurrir a lavaderos habilitados mientras dure la emergencia
Disposición del Senasa.
Las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispusieron que los transportistas de animales vivos podrán lavar los vehÃculos sin necesidad de recurrir a lavaderos habilitados hasta tanto finalice el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Por medio de la resolución 313/20 se indicó que “a fin de no afectar el transporte de animales en pie a causa de la escasa disponibilidad de lavaderos habilitados en funcionamiento en el orden nacional, resulta conveniente permitir el lavado en terceras locacionesâ€.
La única exigencia del Senasa es que los transportistas completen una declaración jurada, en la cual afirmen que procedieron a limpiar el vehÃculo, la que reemplazará de manera excepcional el “Certificado Único de Lavado y Desinfección de VehÃculos para el Transporte de Animales Vivosâ€
“Dicho formulario tendrá una validez igual a la prevista en el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) que ampara el movimiento de los animalesâ€, especifica la resolución 313/20.
El modelo de declaración jurada puede verse aquÃ.