Vuelven a suspender la aplicación de retenciones para las exportaciones de cueros pero con un plazo imposible de aprovechar por los frigorÃficos
La medida rige hasta fines del presente año.
El presidente Alberto Fernández –por medio del decreto 812/20– volvió a suspender la aplicación de derechos de exportación sobre las ventas externas de cueros bovinos y ovinos. La medida rige hasta el próximo 31 de diciembre.
En los fundamentos de la medida –que habÃa sido implementada también el 23 de junio por un perÃodo de dos meses– se indica que “la crisis sanitaria global provocada por la pandemia determinó una fuerte caÃda en los niveles de exportación de cueros, lo cual generó la acumulación de estos en la industria frigorÃfica, con consecuencias ambientales y sanitarias indeseadas, que ponen en riesgo el mantenimiento de la actividadâ€.
El decreto 812/20 especifica que, una vez vencido el plazo establecido, las exportaciones de cueros volverán a estar gravadas a partir del 1 de enero de 2021 con una alÃcuota fija del 10% + una móvil de 3,0 pesos argentinos por dólar FOB declarado en la operación de exportación.
Los últimos datos oficiales disponibles (Indec) muestran un crecimiento sustancial de las exportaciones de cueros luego de la suspensión temporal de retenciones aplicada entre los meses de julio y agosto de este año.

La Cámara de la Industria y el Comercio de Carnes y Derivados de la República Argentina (Ciccra) denunció en su momento que la medida implementada con un plazo tan corto de vigencia está diseñada para beneficiar a las curtiembres y que tendrÃa que ser permanente para que el impacto favorable de la misma se traslade al sector frigorÃfico.
Tanto en la Argentina como en Uruguay el precio del cuero salado a retirar de frigorÃfico se ha ido derrumbando en los últimos años –en buena medida debido al uso creciente de sustitutos sintéticos– hasta registrar un valor prácticamente nulo en la actualidad.

El gobierno de Mauricio Macri –en su último dÃa de gestión– eliminó parcialmente la protección arancelaria del 10% sobre la exportación de cueros por un pequeño cupo de dos millones de unidades, pero manteniendo la aplicación de la alÃcuota móvil de 3,0 pesos por dólar FOB vigente desde septiembre de 2018.